PRIMERO. Constituir la Comisión de Festejos, que tendrá carácter consultivo y deliberante así como funciones de información y asesoría, integrando la participación de los ciudadanos y miembros de la Corporación en relación a los siguientes asuntos:
- Organización de eventos festivos, culturales y deportivos.
- Recaudación de fondos para la organización de eventos lúdicos, deportivos y culturales.
SEGUNDO. Las funciones concretas del órgano de la Comisión de Festejos serán las siguientes:
— Proponer y organizar actos de las Fiestas Patronales, Navidad, Reyes, etc., con la finalidad de potenciar la tradición y dar realce a la fiesta.
— Potenciar la unión de todos los ciudadanos, las asociaciones, etc., a través de sus propuestas de programación festiva.
— La práctica y promoción de actividades culturales, recreativas, festivas y de otra índole.
— Ayudar a través de iniciativas a buscar financiación de actividades propuestas que signifiquen mejora para la programación festiva.
TERCERO. La Comisión de Festejos estará integrada por los siguientes órganos:
- 8 miembros en representación de las peñas.
- Un miembro representante de la Asociación de mujeres.
- Un miembro en representante de la Asociación de Pescadores.
- Un representante del Ayuntamiento.
CUARTO . El régimen de funcionamiento de la Comisión de Festejos será el siguiente:
- La comisión se reunirá tantas veces como se considere necesario, y en todo caso deberá reunirse con anterioridad a las fiestas patronales.
- Las actividades culturales, deportivas o recreativas propuestas y organizadas por la comisión de fiestas deberán estar en todo caso autorizadas por el Ayuntamiento y cumplir con la legalidad vigente.
Los representantes serán elegidos por cada uno de los grupos a los que representan y deberán ser formalmente comunicados al Ayuntamiento por escrito en el plazo de 5 días. Todos los representantes serán mayores de edad.
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CREACIÓN DE "COMISIÓN DE FESTEJOS" HUÉLAGA